Santo Domingo, República Dominicana.- El Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (Indotel) afirmó que en el contexto de la ciberseguridad los ‘Spams’ son una amenaza y no sólo un fastidio aislado. El spam es el medio preferido de envío de mecanismos y amenazas a la seguridad del Internet como son: los virus, el phishing, y demás fraudes y estafas perpetradas.
“Un punto que no podemos perder de vista es que el envío de comunicaciones comerciales no solicitadas es un problema considerable y creciente para los usuarios, las redes e Internet en general”, dice Indotel.
Señala que por esa razón, el punto de partida de la legislación es en primer lugar regular el envío de comunicaciones comerciales no solicitadas, “con lo que persigue crear un régimen que permita seguir fortaleciendo el marco de confianza y seguridad de los ciudadanos en el uso de las TIC, con iniciativas que protejan el derecho a la privacidad y a la protección de los datos y los derechos de los consumidores, y al mismo tiempo no se limite el comercio; y en segundo lugar, penalizar una serie de conductas vinculadas al envío de spam que no están penalizadas en la legislación nacional”.
Las entidad explica que la Ley tiene como principales funciones regularizar de manera mucho más inclusiva, o sea que integre no solamente los correos electrónicos, sino además el envío de comunicaciones a través de servicios de mensajes escritos en dispositivos móviles (minimensajes).
Puntualiza que se opta por el régimen del ‘Opt-In’ para el envío comunicacio- nes comerciales no solicitadas disponiendo que queda expresamente prohibida la remisión, directa o indirectamente, de comunicaciones comerciales cuya recepción no haya sido solicitada o consentida expresamente por el receptor.
Detalla que se regulan las excepciones a los envíos de comunicaciones, las condiciones de envío, las comunicaciones que se consideran ilegales, así como los derechos de destinatarios y las obligaciones de los iniciadores.
Se tipifican como delitos de alta tecnología según lo dispuesto por la Ley 53- 07 contra crímenes y delitos de alta tecnología, una serie de conductas vinculadas al envío de comunicaciones comerciales no solicitadas; y se faculta a los proveedores de servicios a accionar civilmente en contra de las personas que realicen alguna de las conductas ilegales descritas en la dicha ley.
La entrada en vigor de la ley afectará a las empresas que se dedican a ofrecer servicios de email marketing.
Estas deberán tomar en consideración las nuevas disposiciones que versen sobre el envío de comunicaciones comerciales no solicitadas, aquellas referentes a las condiciones de envío de comunicaciones, sus obligaciones al momento de realizar envíos, así como los derechos de destinatarios.
BENEFICIOS PARA LOS USUARIOS
VENTAJAS: Los principales beneficios que presenta la ley están relacionadas, en primer lugar, con la regulación del envío de comunicaciones comerciales no sólo a través de correos electrónicos sino además a través de otros medios como los minimensajes en dispositivos móviles; en segundo lugar, con el establecimiento el régimen del Opt-In para el envío comunicaciones comerciales no solicitadas, asegurándose así un mayor nivel de privacidad a los ciudadanos; y por último, en la tipificación como delitos de alta tecnología de una serie de conductas vinculadas al envío de comunicaciones comerciales no solicitadas que no se encontraban en la legislación nacional.
El artículo 12 de la ley dispone que el Ministerio Público sea el órgano encargado de velar por el cumplimiento. En lo que se refiere al procedimiento de aplicación, éste será aquel que sea determinado por el Ministerio Público. Al igual que en el caso anterior el proceso de denuncia será aquel que el Ministerio Público establezca.
Publicación original: Listín Diario